miércoles, 4 de marzo de 2015

A UN NOTARIO CON LUCIDEZ

Toda idea o pensamiento puede ser expresa en verso y prosa. Lo más común es la prosa.

La frase, oración y periodo son factores constituyentes de cualquier escrito. Son dichos de la lengua que pueden ser codificados en símbolos escritos y se componen de una secuencia lógica de ideas bien organizadas y expuestas en parágrafos.

Frase es un dicho del habla, capaz de transmitir idea clara y precisa a quien la oye o/y a quien la lea. Distinguimos la frase nominal de la frase verbal por ausencia o presencia de un verbo.

Oración es un enunciado del habla dotado de sentido y que exige la presencia de un verbo o de un a locación verbal para extender o completar su sentido.

Periodo es un enunciado del habla que se constituye por una o más oraciones. Si viene formada por una única oración, el periodo es dicho simple. Si viene compuesta por dos o más oraciones, el periodo es dicho compuesto.

Para entender lo que se dice y a quien lo dice, es indispensable conocer las reglas de los códigos que transmiten las ideas.

Veamos la intención de lo expuesto en el siguiente dicho por la pluma de un notario:
MARIA LEGA A JULIETA, LA PARTE QUE LE CORRESPONDE EN LA CASA EN QUE HABITA CON TODO CUANTO SE HALLE EN SU INTERIOR.

Sin conocer las reglas del debido comportamiento de la lengua española, cualquier buena voluntad por querer entender la voluntad del testador resulta un bocado difícil. Es bien cierto que a buenos entendedores sobran razones, pero por este valle caemos en la tentación de clasificar lo malo como bueno y viceversa. Para uno, lo bueno es hacerse rico, para otro, lo malo es que el otro se haga rico a su cuenta.

Lo dicho por la lengua es dicho por medio de sonidos. Transitemos del oído a lo que se puede ver para sentir lo que puede haber por intención de lo dicho:

MARIALEGAAJULIETALAPARTEQUELECORRESPONDEENLACASAENQUEHABITACONTODOCUANTOSE HALLEENSUINTERIOR.

Escribirlo así, como suena, sería una locura, verdad? Pero más locura seria querer extraer cualquier significado de los significantes escritos.

Como buen y lúcido notario, yo solicito que el testador repita su deseo, y él me atiende con respecto y diligencia:

“Yo lego a Julieta la parte que le corresponde en la casa en que habita con todo cuanto en ella se halle. El remanente… ¿Lo ha entendido usted, señor notario interino?”

La señora Maria no entendía de las regulaciones del orden sintáctico. Se expresaba como a ella la boca mandaba.

Pero el notario lúcido, por deber de oficio, era obligado a transmitir los deseos del testador sin la menor posibilidad de duda delante de lo escrito. Era su deber. Cobran polpudos intereses por tal menester.


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